La libertad de expresión, en todas sus formas y manifestaciones, es un derecho fundamental e inalienable, inherente a todas las personas.
Es, además, un requisito indispensable para la existencia misma de una sociedad democrática, así lo dijo la representante del Partido Alianza Ciudadana (PAC), la Dip. Alejandra Ramírez Ortiz, al presentar durante la cuarta Sesión Ordinaria Pública del Congreso del Estado la iniciativa por el que se adiciona la fracción quinta bis, al artículo 19 de la constitución política del Estado libre y Soberano de Tlaxcala, que consagra los Derechos Humanos de los ciudadanos Tlaxcaltecas. Ramírez Ortiz menciono durante su disertación desde la maxima tribuna del estado, que dicha iniciativa tiene por objeto garantizar y tutelar el derecho a la libertad de expresión. la Iniciativa propone fundamentalmente que: a). La Constitución del Estado reconozca y garantice el secreto de los periodistas a negarse a revelar la identidad del autor de la información, a su empresa, a terceros y a las autoridades públicas o judiciales, salvo los casos que expresamente determine Ley. b). El ejercicio de la actividad periodística no sea objeto de censura previa, interferencia o presión directa o indirecta, y que sólo podrá ser limitada en los casos que señala la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. c). El derecho de réplica será ejercido en los términos que la ley establezca. d). Las personas profesionales de la información tienen derecho a desempeñar su actividad de manera libre y a mantener el secreto profesional, que salvaguarda a periodistas y colaboradores periodísticos en cumplimiento de sus funciones. e) En el ejercicio del periodismo se respetará, como eje fundamental, la cláusula de conciencia para salvaguarda de su dignidad personal y profesional e independencia de esta actividad, la cual debe regirse por conducta éticas, que en ningún caso podrán ser impuestas por los entes públicos. f). El Estado garantizará la seguridad de las personas que ejerzan el periodismo; así como las condiciones para que quienes sean perseguidos arbitrariamente en el ejercicio de dicha actividad profesional puedan vivir y trabajar en la Entidad g). La protesta social es un derecho individual y colectivo, que se ejercerá de manera pacífica sin afectar derechos de terceros y que las autoridades adopten protocolos de actuación en manifestaciones conforme a parámetros internacionales dirigidos a la protección de las personas en el ejercicio de este derecho, sin vulnerar otros derechos. así como prohibir la criminalización de la protesta social y la manifestación pública. Por último la legisladora del PAC, y presidenta de la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, Alejandra Ramírez Ortiz, mencionó que dicho decreto será remitida a los 60 ayuntamientos del Estado para su aprobación en los cabildos y en consecuencia entre en vigor esta disposición constitucional para beneficio de las y los tlaxcaltecas. Alejandra Ramírez Diputada
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