"Las mujeres víctimas de violencia no deben de ser castigadas por actuar en legítima defensa y se les debe de garantizar la expedición de órdenes de protección que velen por su integridad.
Es por eso que presenté la iniciativa con proyecto de decreto, por el que se reforman la fracción IV del artículo 28 y se adicionan los párrafos segundo, tercero y cuarto al artículo 89 del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, así como se reforman los artículos 47 y 47 bis de la Ley que Garantiza el Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia en el Estado de Tlaxcala, en materia de legítima defensa y órdenes de protección.
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