top of page
Foto del escritorGraphosCcTlx

#GraphosCc #Tlx #Noticias | Publica Ejecutivo Declaratoria para regularizar servicio de transporte público Tlaxcala – Apizaco

#GraphosCc #Tlx #Noticias | Publica Ejecutivo Declaratoria para regularizar servicio de transporte público Tlaxcala – Apizaco.


• Las actuales empresas que prestan el servicio, ATAH y Expresso Xicohténcatl, incurren en “graves irregularidades” desde hace 30 años y ni la SICT los observa.



Este día se promulgó en el Periódico Oficial de Tlaxcala, la Declaratoria de existencia de una necesidad pública del servicio de transporte público en la modalidad colectivo con itinerario fijo y su satisfacción, para la ruta Tlaxcala – Apizaco, con puntos intermedios en Santa Úrsula Zimatepec, La Y, San Matías Tepetomatitlán, Tizatlán, bulevar Leonarda Gómez Blanco y Avenida Puebla.



Desde hace más de 30 años son dos las empresas que controlan ese servicio: Autobuses Tlaxcala – Apizaco – Huamantla (ATAH) y Expresso Xicohténcatl, las cuales no están reguladas ni se les cobra contribución alguna por parte de la Dirección Federal de Autotransporte Federal de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT).


De acuerdo con la Declaratoria, esa situación ha permitido la existencia de “graves irregularidades” en la prestación del servicio de transporte público, como la circulación de unidades vehiculares sin la concesión correspondiente ni placas, sin tarjeta de circulación, sin engomado, sin dictámenes para el uso de combustible a base de gas licuado de petróleo, así como que sus operadores conducen sin la licencia correspondiente, lo que genera una alta inseguridad para los usuarios.


Es por ello que el Gobierno del Estado, a través de la Secretaría de Movilidad y Transporte (SMyT), regularizará dicho servicio mediante el otorgamiento de cocesiones a particulares que garanticen seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad y calidad.


“De esa forma, las personas morales que se encuentran interesadas en obtener concesiones para la prestación del servicio objeto de esta Declaratoria, deberán hacerlo en vehículos tipo midibús, con una antigüedad máxima de cinco años, ya que por su tamaño compacto y versatilidad, se han convertido en un elemento esencial en el tejido de la movilidad urbana actual. En las calles congestionadas de las metrópolis y zonas urbanas, estos vehículos desempeñan un papel excepcional, su presencia es ágil, segura y adaptable, navegando entre el tráfico y cumpliendo una función vital en la vida cotidiana de la población que depende del transporte público de pasajeros”.

.

0 visualizaciones0 comentarios

Comments

Rated 0 out of 5 stars.
No ratings yet

Add a rating
bottom of page